DERECHO A DEFENDERSE EN COLOMBIA

El programa Sétimo Día trasmitido el 16/05/2021 en su capítulo «Porte de armas en Colombia: ¿Derecho ciudadano o riesgo para la seguridad?» presenta varias aristas del asunto del Porte de armas de fuego y las restricciones del Estado respecto a un medio idóneo para la defensa. La Corporación Legítima Defensa apoya cualquier iniciativa para que las personas de bien de manera legal y responsable puedan adquirir un arma de fuego en tenencia o porte.

DERECHO A LA DEFENSA TÉCNICA Y MATERIAL

La Fiscalía General de la Nación, luego hechos que configuren una posible legítima defensa, necesariamente deberá iniciar según el art 66 Código de Procedimiento Penal colombiano investigación del hecho. Por tanto, la Corporación Legítima Defensa, realiza una breve explicaciones ¿DESDE QUÉ MOMENTO PUEDO EJERCER MI DERECHO A LA DEFENSA TÉCNICA Y MATERIAL?

(más…)

ANÁLISIS (ACB) CASO VIGILANTE EN BOGOTÁ

Según el vídeo analizado, se tiene que el vigilante tiene la obligación legal de proteger los derechos que le encomiendan para su protección, según lo establecido en el Decreto Ley 356 de 1994 (Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada), en especial los artículos 2, 73 y 74. Bajo esta lógica, en el escenario de la legítima defensa, el vigilante actuó con la finalidad de proteger un derecho propio (su vida e integridad personal) y el derecho ajeno (el patrimonio económico que se le encomendó proteger), de un peligro actual y subsistente.

(más…)

VIGILANTE ENFRENTÓ A LADRONES

«Vigilante enfrentó a ladrones que, bien vestidos y en carros lujosos, robaban apartamentos en Bogotá. Los Pachinos asaltaron siete residencias y lograron hurtar $5.000 millones. Aunque también se llevaban las cámaras de seguridad, Sijín pudo rastrearlos y capturarlos. La banda se había hecho conocida en el mundo criminal por hacer inteligencia a sus víctimas para después robar apartamentos en Bogotá

(más…)

COMUNICADO

Por medio de este comunicado la corporación legítima defensa (CORLEDE) expresa su apoyo para permitir y facilitar el porte de armas de fuego en el territorio nacional de forma responsable y legal. Los ciudadanos debe contar con medios de defensa efectiva que les permitan realizar una acción defensiva cuando exista una agresión injusta actual o inminente que ponga en peligro un derecho propio o ajeno. Por lo anterior,  desde esta Corporación celebramos cualquier propuesta de permitir o facilite a los ciudadanos de bien, el porte de armas de fuego para defender derechos individuales o de terceros en las circunstancias legales correspondientes.

(más…)

PELIGRO ACTUAL O INMINENTE

Cuando se hace referencia al «peligro proveniente de la agresión», se debe tener en cuenta que ese peligro puede ser actual o inminente, es decir, debe estar «viviéndose» al momento de la respuesta defensiva. Por ello, al momento de realizarse la acción defensiva debe existir un peligro real y cierto que ponga en peligro o lesione un bien jurídico tutelado por la ley penal.

(más…)

NECESIDAD DE DEFENDER UN DERECHO PROPIO O DE UN TERCERO

A la hora de pretender explicar la legítima defensa, coinciden dos puntos de vista: uno que le otorga una naturaleza individual o particular y, otro, que le otorga un fundamento de carácter social o colectivo. Por ello, el Artículo 32, Numeral 6 del Código Penal colombiano tiene una tendencia de carácter individual y otra de carácter social, pues permite defender un derecho propio o ajeno contra una agresión injusta actual o inminente.

(más…)

¿CUÁNDO EXISTE NECESIDAD DE LA DEFENSA?

La defensa es ante todo una conducta que se constituye en respuesta al acto agresivo e injusto y como réplica al injusto peligroso. Así, frente a la actualidad del peligro, la defensa ha de ser oportuna y necesaria para defender y proteger un derecho propio o de un tercero y, ante la magnitud del ataque la respuesta defensiva debe ser racionalmente proporcional. Solo cuando la acción defensiva realizada cumple estas condiciones, se puede afirmar su legitimidad.

(más…)

¿QUÉ ES LA NECESIDAD DE LA DEFENSA?

Es condición universal de todos los tiempos, para que exista legítima defensa, que haya «necesidad» de defender un derecho propio o ajeno de la agresión actual o inminente. El requisito de «necesidad de la defensa» alude a una calidad del acto mismo que, solo puede ser legítimo si resulta estrictamente indispensable, esto significa, de obligante realización si se quiere apartar el peligro injusto y de esta manera proteger y defender un interés propio o de un tercero.

(más…)

¿QUÉ ES LA LEGÍTIMA DEFENSA EN COLOMBIA?

No cabe duda, que la legítima defensa es una institución jurídica universal a todas las culturas y a todos los tiempos, que se edifica como garantía para proteger derechos humanos tan fundamentales como la vida, la integridad personal, el patrimonio económico, etc.
De hoy y de siempre, la defensa justa, como también se le denomina, ha sido palpitante realidad invocada por hombres y pueblos en la inconmensurable sucesión de los siglos, y ese protagonismo de historia de la institución defensiva, ha servido para reafirmarla en su reconocimiento como valor fundamental irrenunciable y, en su estructura de contrarios como medio de lucha y confrontación contra la agresión injusta de un derecho, interés o bien jurídico propio o ajeno.


(más…)