DERECHO A DEFENDERSE EN COLOMBIA

El programa Sétimo Día trasmitido el 16/05/2021 en su capítulo «Porte de armas en Colombia: ¿Derecho ciudadano o riesgo para la seguridad?» presenta varias aristas del asunto del Porte de armas de fuego y las restricciones del Estado respecto a un medio idóneo para la defensa. La Corporación Legítima Defensa apoya cualquier iniciativa para que las personas de bien de manera legal y responsable puedan adquirir un arma de fuego en tenencia o porte.

DERECHO A LA DEFENSA TÉCNICA Y MATERIAL

La Fiscalía General de la Nación, luego hechos que configuren una posible legítima defensa, necesariamente deberá iniciar según el art 66 Código de Procedimiento Penal colombiano investigación del hecho. Por tanto, la Corporación Legítima Defensa, realiza una breve explicaciones ¿DESDE QUÉ MOMENTO PUEDO EJERCER MI DERECHO A LA DEFENSA TÉCNICA Y MATERIAL?

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«Presentacion generalidades de Legitima Defensa»

El 07 de septiembre de 2019, en Diez Hotel (Medellín), los abogados Duvan de Jesús Castañeda García y Luis Fernando Villa Velásquez, presentaron el proyecto de Legítima con una conferencia titulada «Generalidades de la Legítima Defensa». Esta conferencia tenía por objeto brindarle a los asistentes la estructura y conceptos básicos de la legítima defensa como causal de ausencia de responsabilidad penal en Colombia.  

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«Demanda ante Consejo de Estado busca tumbar suspensión a porte de armas»

«La tesis del demandante es que los ciudadanos deben defenderse de alguna manera»

«Ante el Consejo de Estado, el abogado Guillermo Rodríguez radicó una solicitud de medidas cautelares con carácter de urgencia en contra del decreto 2208 de 2016, que suspende los permisos de porte de armas en Colombia. 

El abogado explicó, en diálogo con BLU Radio, que invocan la urgencia, porque hay situaciones de seguridad pública que lo ameritan. En este momento hay cifras, según él, que están desbordadas.

La tesis del demandante es que los ciudadanos deben defenderse de alguna manera y la única forma es que hagan ejercicio de la legítima defensa.

“No puede haber un policía por cada ciudadano. No es tomarse la justicia por cuenta propia es el ejercicio legítimo de defender la vida, honra y bienes. lo mejor para contrarrestar la delincuencia es que quienes tienen armas amparadas que son apenas 460.000 puedan hacer uso del porte de ellas”, dijo.

Sobre el reciente caso de la muerte de tres asaltantes en Usaquén, norte de Bogotá, el abogado explicó:“Ese ciudadano que de manera heróica hizo uso del legítimo derecho de defensa. Esa persecución de la Fiscalía tiene que ser archivada o precluida debido a que está en curso una de las exclusiones de responsabilidad penal”. 

La solicitud se hizo en el marco de una demanda en contra del decreto que suspende precisamente el porte de armas. «

Por: Juan Esteban Silva, BLU Radio

Jefes de bandas, con permisos para portar armas: ¿por qué?

La venta de armas de fuego y el otorgamiento de permisos para el porte están bajo la mira de las autoridades en Medellín, luego de que la Fiscalía abriera expedientes para investigar la presunta existencia de una red de militares corruptos, coordinados para favorecer a integrantes del crimen organizado.

Por el momento, la indagación arroja sospechas contra cuatro altos mandos activos y dos oficiales y un soldado profesional retirados. Aunque las pesquisas judiciales apenas están en la etapa inicial y ni siquiera han generado órdenes de captura, la revelación de algunos hallazgos preliminares en los medios de comunicación ya le costó el cargo al general Jorge Horacio Romero Pinzón, jefe del Comando de Apoyo de Acción Integral del Ejército y excomandante de la Cuarta Brigada para la época de los hechos bajo estudio (2016-2017).

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Atracaron a un Policía de civil en Castilla, este reaccionó y mató a uno de los fleteros

Siendo la una y media del mediodía del pasado jueves 18 de julio un presunto fletero falleció en un centro médico de la ciudad, tras ser reducido por un agente de Policía. 

Según el reporte entregado por las autoridades en el Sistema de Información para la Seguridad y la Convivencia – SISC, tres hombres a bordo de dos motocicletas intimidaron con un arma de fuego y robaron las pertenencias de un Policía que se encontraba de civil y se movilizaba en un vehículo color blanco. 

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Lo que debe saber sobre la legítima defensa

El pasado 5 de abril en el barrio Bruselas, un exmiembro de la Policía disparó a un asaltante que lo amenazó con arma de fuego para intentar robarle. Según Enrique del Río González, abogado penalista que atiende el caso, contra el expolicía “no existe, ni ha existido ninguna investigación, pues él cumplió con los requisitos para que se configurara la legitima defensa”. El asaltante y su cómplice, quien huyó de la escena cuando el otro fue derribado, enfrentan cargos por hurto agravado en grado de tentativa y porte ilegal de arma de fuego.¿Qué es la legítima defensa?

¿Qué es la legítima defensa?

El artículo 32 del Código Penal colombiano contempla todas las condiciones en las que un ciudadano puede quedar eximido de responsabilidad penal. Los numerales 6 y 7 definen la legítima defensa como aquella que es “proporcional a la agresión” y busca “proteger un derecho propio o ajeno de un peligro actual o inminente”.

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