Cuando se hace referencia al «peligro proveniente de la agresión», se debe tener en cuenta que ese peligro puede ser actual o inminente, es decir, debe estar «viviéndose» al momento de la respuesta defensiva. Por ello, al momento de realizarse la acción defensiva debe existir un peligro real y cierto que ponga en peligro o lesione un bien jurídico tutelado por la ley penal.
NECESIDAD DE DEFENDER UN DERECHO PROPIO O DE UN TERCERO
A la hora de pretender explicar la legítima defensa, coinciden dos puntos de vista: uno que le otorga una naturaleza individual o particular y, otro, que le otorga un fundamento de carácter social o colectivo. Por ello, el Artículo 32, Numeral 6 del Código Penal colombiano tiene una tendencia de carácter individual y otra de carácter social, pues permite defender un derecho propio o ajeno contra una agresión injusta actual o inminente.
¿CUÁNDO EXISTE NECESIDAD DE LA DEFENSA?
La defensa es ante todo una conducta que se constituye en respuesta al acto agresivo e injusto y como réplica al injusto peligroso. Así, frente a la actualidad del peligro, la defensa ha de ser oportuna y necesaria para defender y proteger un derecho propio o de un tercero y, ante la magnitud del ataque la respuesta defensiva debe ser racionalmente proporcional. Solo cuando la acción defensiva realizada cumple estas condiciones, se puede afirmar su legitimidad.
¿QUÉ ES LA NECESIDAD DE LA DEFENSA?
Es condición universal de todos los tiempos, para que exista legítima defensa, que haya «necesidad» de defender un derecho propio o ajeno de la agresión actual o inminente. El requisito de «necesidad de la defensa» alude a una calidad del acto mismo que, solo puede ser legítimo si resulta estrictamente indispensable, esto significa, de obligante realización si se quiere apartar el peligro injusto y de esta manera proteger y defender un interés propio o de un tercero.
¿QUÉ ES LA LEGÍTIMA DEFENSA EN COLOMBIA?
No cabe duda, que la legítima defensa es una institución jurídica universal a todas las culturas y a todos los tiempos, que se edifica como garantía para proteger derechos humanos tan fundamentales como la vida, la integridad personal, el patrimonio económico, etc.
De hoy y de siempre, la defensa justa, como también se le denomina, ha sido palpitante realidad invocada por hombres y pueblos en la inconmensurable sucesión de los siglos, y ese protagonismo de historia de la institución defensiva, ha servido para reafirmarla en su reconocimiento como valor fundamental irrenunciable y, en su estructura de contrarios como medio de lucha y confrontación contra la agresión injusta de un derecho, interés o bien jurídico propio o ajeno.
¿QUE ES LA CORPORACIÓN LEGÍTIMA DEFENSA?
Historia y objeto social de la CORPORACIÓN LEGITIMA DEFENSA ( con sigla CORLEDE) Invitación de su Director General Luis Fernando Villa V. para que se unan a este proyecto, se inscriban a redes sociales y compartan toda la información de interés a seres queridos y conocidos.
(más…)-
GENERALIDADES DE LA LEGÍTIMA DEFENSA: ANÁLISIS DE LOS ÚLTIMOS CASOS OCURRIDOS EN COLOMBIA
Resumen del Considerando
La Constitución Política de Colombia de 1991, le confiere el carácter tanto individual como social a la legítima defensa, lo que es en el fondo un reflejo de una concepción política del Estado que persigue la armonía entre los intereses particulares y los colectivos, bajo el imperio de la democracia participativa en una sociedad pluralista.
Problema Jurídico
El presente documento estará enfocado en presentar algunas notas sobre el ejercicio de la legítima defensa como causal de ausencia de responsabilidad penal conforme al deber de solidaridad social.
Conclusión Jurídica
La defensa de un tercero ante un peligro contra la vida, la integridad personal o el patrimonio económico, resulta ser un claro deber social y responsabilidad legal.
DESCARGA PDF
-
LA DEFENSA DE UN DERECHO AJENO COMO REQUISITO CONFIGURADOR DE LA LEGÍTIMA DEFENSA
Resumen del Considerando
La Constitución Política de Colombia de 1991, le confiere el carácter tanto individual como social a la legítima defensa, lo que es en el fondo un reflejo de una concepción política del Estado que persigue la armonía entre los intereses particulares y los colectivos, bajo el imperio de la democracia participativa en una sociedad pluralista.
Problema Jurídico
El presente documento estará enfocado en presentar algunas notas sobre el ejercicio de la legítima defensa como causal de ausencia de responsabilidad penal conforme al deber de solidaridad social.
Conclusión Jurídica
La defensa de un tercero ante un peligro contra la vida, la integridad personal o el patrimonio económico, resulta ser un claro deber social y responsabilidad legal.
DESCARGA PDF