El programa Sétimo Día trasmitido el 16/05/2021 en su capítulo «Porte de armas en Colombia: ¿Derecho ciudadano o riesgo para la seguridad?» presenta varias aristas del asunto del Porte de armas de fuego y las restricciones del Estado respecto a un medio idóneo para la defensa. La Corporación Legítima Defensa apoya cualquier iniciativa para que las personas de bien de manera legal y responsable puedan adquirir un arma de fuego en tenencia o porte.
ANÁLISIS (ACB) CASO VIGILANTE EN BOGOTÁ
Según el vídeo analizado, se tiene que el vigilante tiene la obligación legal de proteger los derechos que le encomiendan para su protección, según lo establecido en el Decreto Ley 356 de 1994 (Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada), en especial los artículos 2, 73 y 74. Bajo esta lógica, en el escenario de la legítima defensa, el vigilante actuó con la finalidad de proteger un derecho propio (su vida e integridad personal) y el derecho ajeno (el patrimonio económico que se le encomendó proteger), de un peligro actual y subsistente.
(más…)VIGILANTE ENFRENTÓ A LADRONES
«Vigilante enfrentó a ladrones que, bien vestidos y en carros lujosos, robaban apartamentos en Bogotá. Los Pachinos asaltaron siete residencias y lograron hurtar $5.000 millones. Aunque también se llevaban las cámaras de seguridad, Sijín pudo rastrearlos y capturarlos. La banda se había hecho conocida en el mundo criminal por hacer inteligencia a sus víctimas para después robar apartamentos en Bogotá.»
(más…)COMUNICADO
Por medio de este comunicado la corporación legítima defensa (CORLEDE) expresa su apoyo para permitir y facilitar el porte de armas de fuego en el territorio nacional de forma responsable y legal. Los ciudadanos debe contar con medios de defensa efectiva que les permitan realizar una acción defensiva cuando exista una agresión injusta actual o inminente que ponga en peligro un derecho propio o ajeno. Por lo anterior, desde esta Corporación celebramos cualquier propuesta de permitir o facilite a los ciudadanos de bien, el porte de armas de fuego para defender derechos individuales o de terceros en las circunstancias legales correspondientes.
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COMUNICADO OFICIAL
Resumen del Considerando
La CORPORACIÓN LEGÍTIMA DEFENSA (CORLEDE), constituida con el objeto de la defensa en pro de los derechos humanos y el acceso a la justicia, enfatizando el derecho a la vida, el derecho a la legítima defensa y el derecho a la seguridad integral en el marco de la Constitución Política de Colombia de 1991, la legislación vigente, la convencionalidad, el derecho comparado, la doctrina y las mejores prácticas, a través de este comunicado expresa su apoyo a iniciativas de políticas, principios, leyes y normas para permitir y facilitar el porte de armas de fuego en el territorial nacional.
Problema Jurídico
Apoyar a iniciativas de políticas, principios, leyes y normas para permitir y facilitar el porte de armas de fuego en el territorial nacional
Conclusión Jurídica
La defensa de un tercero ante un peligro contra la vida, la integridad personal o el patrimonio económico, resulta ser un claro deber social y responsabilidad legal.
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NECESIDAD DE DEFENDER UN DERECHO PROPIO O DE UN TERCERO
A la hora de pretender explicar la legítima defensa, coinciden dos puntos de vista: uno que le otorga una naturaleza individual o particular y, otro, que le otorga un fundamento de carácter social o colectivo. Por ello, el Artículo 32, Numeral 6 del Código Penal colombiano tiene una tendencia de carácter individual y otra de carácter social, pues permite defender un derecho propio o ajeno contra una agresión injusta actual o inminente.
¿QUÉ ES LA LEGÍTIMA DEFENSA EN COLOMBIA?
No cabe duda, que la legítima defensa es una institución jurídica universal a todas las culturas y a todos los tiempos, que se edifica como garantía para proteger derechos humanos tan fundamentales como la vida, la integridad personal, el patrimonio económico, etc.
De hoy y de siempre, la defensa justa, como también se le denomina, ha sido palpitante realidad invocada por hombres y pueblos en la inconmensurable sucesión de los siglos, y ese protagonismo de historia de la institución defensiva, ha servido para reafirmarla en su reconocimiento como valor fundamental irrenunciable y, en su estructura de contrarios como medio de lucha y confrontación contra la agresión injusta de un derecho, interés o bien jurídico propio o ajeno.
«Por fin cierran caso de cantante de música popular que mató a asesino de su esposa»
«Quedó exento de toda responsabilidad penal por tratarse de un acto en LEGITIMA DEFENSA» . Un juez de Fusagasugá, municipio donde ocurrieron los hechos en agoto de 2019, determinó precluir la investigación por homicidio simple contra el artista.
(más…)«Caso de legítima defensa de médico en Bogotá»
» El caso que vincula a un médico y a tres asaltantes muertos en un intento de hurto en la localidad de Usaquén (Bogotá) obliga a revisar lo que ha señalado la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia sobre esta causal de ausencia de responsabilidad.»
(más…)Ciudadano mató a tres delincuentes en Santa Bárbara
«Todo comenzó cuando las autoridades se enteraron de una balacera sobre el puente peatonal de la calle 121 con carrera 9ª en el barrio Santa Bárbara en la noche del jueves 30 de enero de 2020, a eso de las 11:20 de la noche. Lo que encontraron cuando llegaron a lugar fueron los cuerpos sin vida de tres personas en el piso de metal de la infraestructura.«
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