• El ejercicio de la legítima defensa conforme al deber de solidaridad social – Análisis de caso
    Resumen del Considerando

    Desde la doctrina jurídico penal, no cabe duda que la Legítima Defensa es una institución universal a todas las culturas y a todos los tiempos, que se edifica como un derecho fundamental, que siendo medio de garantía para derechos humanos tan vitales como inalienables –vida, integridad personal, integridad sexual, patrimonio económico, etc.– se puede considerar actualmente como un “derecho inalienable” de primer orden, principal y autónomo para todos los derechos, y cuya utilidad y finalidad no solo es individual, sino también social, pues quien se defiende, no solo defiende “su derecho”, sino que al mismo tiempo defiende y reafirma “el derecho objetivo”, esto es, el derecho como organización y medio de vida social.


    Problema Jurídico

    La proporcionalidad es una correlación entre dos extremos que debe ser, ante todo, una racional correlación y, en tal virtud, no se puede exigir a quien se defiende que utilice medios iguales a los usados por el agresor, siendo factible que el agredido, al no tener a mano otros recursos, utilice medios de mayor poder lesivo, pues quien inició el ataque injusto debe enfrentar una mayor situación.


    Conclusión Jurídica

    La importancia de la Legítima Defensa como causal de ausencia de responsabilidad penal es capital, más aún, cuando los altos índices de criminalidad e inseguridad han aumentado en cifras alarmantes en los últimos años en nuestro país. Frente a la proliferación de toda suerte de agresiones y formas de ataque en contra de la vida, la integridad personal, la integridad sexual, y en especial los denominados casos de “fleteo” en contra del patrimonio económico propio o ajeno, la defensa es una alternativa legítima.


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